jueves, 26 de enero de 2017

SITUACIÓN EXCEPCIONAL DE SEDE VACANTE: ESCENARIOS Y CONSIDERACIONES JURÍDICAS (II PARTE)


Continúo el post de ayer. Se podría pensar que podría ser beneficioso añadir una regla del tipo si quedan con vida sólo seis cardenales-electores participarán con voto en la siguiente votación todos los presidentes de las conferencias episcopales en el plazo de dos semanas.

Pero si la muerte del Colegio Cardenalicio ocurre en mitad de una conflagración mundial, ¿podrían trasladarse a Roma esos presidentes? ¿La guerra no habría afectado a las comunicaciones de todo el mundo?

Un cónclave podría encontrarse con una situación de paralización universal de las comunicaciones. Algo que damos por supuesto como son las comunicaciones y los viajes podrían sufrir una interrupción durante un tiempo.

Además, otra situación excepcional podría darse en caso de encarcelamiento de todo el colegio cardenalicio en pleno. Como se ve, resulta más adecuado no dar reglas para este tipo de casos. Si algún día sucede un escenario plenamente atípico, se verá qué es lo más adecuado: un concilio, una reunión de presidentes de conferencias episcopales, una reunión de representantes.

En caso de una situación tal como una especie de invierno nuclear (jamás creo que haya un conclave en esa situación, pero barajemos todas las posibilidades), podría ser lo más adecuado volver al sistema de elección del obispo de Roma por parte del clero romano.

Sí, las circunstancias con todos sus detalles serán las que den la medida de lo correcto según el sentido común. Lo cual no es óbice para que ya ahora los canonistas vayan creando un corpus de reflexiones por parte de los más expertos. Un corpus es algo que no limita ni constriñe. Y, sin embargo, si llegara el caso supondría una guía dada en frío y, por tanto, de modo objetivo.

P. FORTEA


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