lunes, 11 de febrero de 2013

DESDE 1415, LA ÉPOCA DEL PAPA LUNA Y EL CISMA DE OCCIDENTE, NINGÚN PAPA HABÍA DIMITIDO


Por ancianidad sólo renunció el monje Celestino V

Las últimas dimisiones papales, en el siglo XV, acabaron con el escándalo de tener 3 papas al mismo tiempo. Antes, dimitieron algunos papas poco edificantes. Y sólo Celestino V por ancianidad o incapacidad.

Benedicto XVI anuncia que deja el Trono de San Pedro, algo que sólo sucedió una vez por razones de salud o ancianidad: lo hizo en 1294 Celestino V, Pedro di Morone, un monje de origen campesino y 84 años que vio que no tenía fuerzas ni capacidades para controlar la envenenada corte papal y las políticas italianas de su convulsa época. Declaró que él era solo un anciano ignorante y volvió al monasterio renunciando al ministerio petrino.

Las otras escasas renuncias tienen que ver con el conflicto llamado "el Cisma de Occidente", cuando hubo hasta 3 Papas al mismo tiempo: uno en Aviñón, otro en Pisa y otro en Roma; en cierto momento, el Papa de Aviñón se encerró en Peñíscola: era el español Benedicto XIII, el Papa Luna, que nunca renunció incluso cuando le abandonaron los reyes de Castilla y Aragón y murió considerándose el único Papa verdadero.

Pero sí renunciaron sus contendientes: el último de ellos (la última renuncia papal de la historia) fue la de Gregorio XII en 1415. Renunciando todos, se abría paso a una elección única, acabando con el Cisma.

Los primeros casos de Papas que renuncian tienen que ver con comportamientos poco edificantes en la agitada Edad Media. La primera abdicación de la que se tiene constancia es la de Benedicto IX (1033-44). Tuvo una conducta escandalosa y renunció voluntariamente, tras lo cual se metió de monje. Su inmediato sucesor hizo lo mismo. Gregorio VI (1044-46) dejó el cargo al ser acusado de simonía.

La renuncia de un Papa en nuestra época está recogida en el actual Código de Derecho Canónico, promulgado por Juan Pablo II en 1983, en el capítulo “Del Romano Pontífice y del Colegio Episcopal” (Parte II, Sección I), canon 332, párrafo 2. Como se establece, el Sumo Pontífice renuncia a su oficio de forma "libre" y tras manifestarlo "formalmente".

P.J.G / ReL

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