A la entrada de hoy, tal vez no debierais hacerle mucho caso, pues acaso me exceda al sacar punta a una anécdota.
Ayer me hice con un ejemplar de YouCat. Catecismo Joven de la Iglesia católica. El título da que pensar, sin entrar en un análisis a fondo que daría mucho de sí: si hay un Catecismo Joven, ¿los demás son Viejos?.
En letra muy pequeña y página par (p. 4) se dice que es una traducción y adaptación del original alemán, aprobado en distintas fechas por las conferencias episcopales de lengua alemana, y que tiene las debidas licencias del Arzobispado de Madrid. Y allí se dan unas “Indicaciones para el uso”:
El “Catecismo Joven de la Iglesia católica” abarca en un lenguaje adaptado a los jóvenes la totalidad de la fe católica, como ha sido expuesta en el “Catecismo de la Iglesia Católica” (CCE de 1997), sin aspirar a abarcar, sin embargo, la integridad de los contenidos del mismo. La obra se presenta en forma de preguntas y respuestas y en los números inmediatamente siguientes a cada respuesta remite a las explicaciones, más extensas y profundas del CCE.
El “Catecismo Joven de la Iglesia católica” abarca en un lenguaje adaptado a los jóvenes la totalidad de la fe católica, como ha sido expuesta en el “Catecismo de la Iglesia Católica” (CCE de 1997), sin aspirar a abarcar, sin embargo, la integridad de los contenidos del mismo. La obra se presenta en forma de preguntas y respuestas y en los números inmediatamente siguientes a cada respuesta remite a las explicaciones, más extensas y profundas del CCE.
De forma casual, con el primer número con el que me encontré fue con el 231, que dice así:
-“¿Cuáles son los dos requisitos esenciales que se deben dar en un cristiano para que se le perdonen los pecados en el sacramento de la Penitencia?”
-“Los requisitos para el perdón de los pecados son la persona que se convierte y el presbítero, que, en nombre de Dios, le concede la absolución de sus pecados”.
-“¿Cuáles son los dos requisitos esenciales que se deben dar en un cristiano para que se le perdonen los pecados en el sacramento de la Penitencia?”
-“Los requisitos para el perdón de los pecados son la persona que se convierte y el presbítero, que, en nombre de Dios, le concede la absolución de sus pecados”.
Y remite al número 1448 del CCE. Me quedé fuertemente sorprendido. No solamente porque parecía que la respuesta no correspondía exactamente a lo que se preguntaba («requisitos esenciales que se deben dar en un cristiano»), sino porque la contestación me chirriaba un tanto. Así que fui a la estantería, cogí el CCE y lo abrí por dicho número:
A través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de Jesucristo concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y restablecido en la comunión eclesial (CCE 1448).
A través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de Jesucristo concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y restablecido en la comunión eclesial (CCE 1448).
Como se ve, no se habla de la persona que se convierte, sino de los actos de ésta, que son tres: contrición, confesión y satisfacción; y, además de estos, la absolución.
La pareja es actos del penitente-absolución.
En este caso, ¿las explicaciones del CCE son solamente «más extensas y profundas»? Desde luego responden con “precisión” a la enseñanza del concilio de Trento:
La forma del sacramento de la penitencia, en que está principalmente puesta su virtud, consiste en aquellas palabras del ministro: “Yo te absuelvo, etc. […]. Y son cuasi materia de este sacramento, los actos del mismo penitente, a saber, la contrición, confesión y satisfacción (DH 1673).
En este caso, ¿las explicaciones del CCE son solamente «más extensas y profundas»? Desde luego responden con “precisión” a la enseñanza del concilio de Trento:
La forma del sacramento de la penitencia, en que está principalmente puesta su virtud, consiste en aquellas palabras del ministro: “Yo te absuelvo, etc. […]. Y son cuasi materia de este sacramento, los actos del mismo penitente, a saber, la contrición, confesión y satisfacción (DH 1673).
No es lo mismo hablar de actos que de persona que se convierte. Seguramente me exceda en precisión, en querer aquilatar las cosas,… pero yo me he tomado la molestia de mirar en el CCE, lo cual no todo el mundo hará y es posible que muchos queden con alguna confusión con la sola lectura del número 231 del YouCat. Quede señalado para la reflexión de los contertulios del blog.
Hagamos ahora una lectura optimista. En este catecismo, hay 527 preguntas con sus respectivas respuestas, tal vez yo haya tenido la mala suerte de dar fortuitamente con la única cuya redacción sea un tanto confusa.
Finalicemos con un chiste malo en “spanglish” en forma de pregunta y respuesta.
-“¿You cat?” (¿Tú gato?)
-“Yes, I cat. I come from Madrid”. (Sí, yo gato. Soy de Madrid)
-“¿You cat?” (¿Tú gato?)
-“Yes, I cat. I come from Madrid”. (Sí, yo gato. Soy de Madrid)
Alfonso G. Nuño
No hay comentarios:
Publicar un comentario